La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador incurrió en una nueva violación a las restricciones constitucionales que rigen los procesos electorales al realizar propaganda gubernamental durante la conferencia matutina del 9 de abril. Por ello, avaló un exhorto al mandatario a conducirse dentro de los márgenes de la Constitución en el periodo electoral.
De igual forma, se aprobó dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República, a fin de que deslinde responsabilidades respecto del coordinador nacional de Comunicación Social y Vocero del Gobierno, Jesús Ramírez Cuevas, y al titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales por haber puesto a disposición de los medios de comunicación que lo difundieron, el contenido de la conferencia del 9 de abril, a fin de que se determinen las sanciones conducentes.
Aunque la resolución se aprobó de forma unánime, el magistrado Luis Espíndola se opuso a este último aspecto por considerar que en ella no se asumía que ambos funcionarios tenían una relación de subordinación jerárquica con respecto a López Obrador y, por tanto, no podrían incumplir disposiciones internas porque desacatarían esa relación jerárquica.
Al resolver la queja de Teresa Vale, los magistrados del tribunal consideraron que efectivamente las aseveraciones del jefe del Ejecutivo incurrían en el supuesto de propaganda gubernamental, toda vez que habló de programas sociales y de la lucha contra el robo de combustible.