A 82 años de su creación, el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) por primera vez cuenta con un reglamento de su ley orgánica, el cual entrará en vigor este martes como estipula el documento publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación.
Cuando fue ratificado en su cargo como director del INAH en 2018, Diego Prieto dijo a la prensa que la puesta en vigor de ese conjunto de normas era un pendiente “prácticamente desde que existe el instituto”, y que iba a enfocar esfuerzos para revisar el funcionamiento y la estructuración orgánica de la instancia que dirige.
Aclaró entonces que el reglamento “no cambiará nada, sólo hace un retrato de cómo está funcionando el INAH. Será la siguiente administración la que evaluará una reorganización o reestructuración”.
Definiciones y estructura
El nuevo ordenamiento define la organización del instituto, así como sus competencias en materia administrativa, de investigación, conservación, restauración, docencia, formación de recursos humanos, así como en cuanto a museos y exposiciones.
También define las características de los consejos consultivos, órganos colegiados que tienen por objeto recomendar y proponer al director general “políticas, criterios y acciones en las materias que sean competencia del instituto, a fin de contar con opiniones académicas y técnicas para la toma de decisiones”, en las áreas de investigación en antropología, arqueología e historia; conservación y restauración de bienes culturales; museos y exposiciones; y docencia y formación de recursos humanos.
Diego Prieto deberá convocar dentro de próximos 30 días posteriores a 21 especialistas en museos, docencia, antropología física, lingüística, etnología, antropología social, paleontología, arqueología, historia, monumentos históricos, conservación y restauración, para que, por única ocasión, determinen la forma en la que se llevará a cabo el proceso de elección de los consejeros de cada consejo de área del instituto.
Esos órganos deberán quedar integrados dentro de los 60 días posteriores a la emisión del referido acuerdo. Los especialistas a que se refiere el reglamento (en un artículo transitorio), serán tres por cada especialidad, de los cuales uno deberá provenir de las unidades administrativas del instituto, y dos de los Centros INAH del país.
La Secretaría de Cultura federal (SC), en un comunicado, señaló que la promulgación del reglamento era “un pendiente histórico” que esta administración “se dio a la tarea de concretar, para alcanzar una operación más eficiente”.
El reglamento consta de siete capítulos, divididos en 57 artículos, además de cuatro transitorios. Crea la figura de los mencionados consejos consultivos, tema previsto en la Ley Orgánica del INAH, pero que hasta ahora serán creados, “cuya finalidad es ayudar a profesionalizar decisiones importantes que tengan que tomarse desde la dirección general, aportando criterios más sólidos, profesionales y científicos para el proceder de la autoridad”, recalcó la SC.
El reglamento también establece el perfil de quienes formen parte de los consejos consultivos, así como los requisitos para formarlos y ser parte de éstos, no así del director general del instituto, de los encargados de las direcciones generales ni de titulares de los centros estatales.
En su comunicado, la Secretaría de Cultura federal narra que el 25 de julio de 2017, la dirección general del INAH constituyó un grupo de trabajo (GT) integrado por 21 miembros de distintas áreas de especialidad y con experiencia en la vida institucional, para la elaboración del Anteproyecto de Reglamento de la Ley Orgánica del INAH. Entre el 25 de julio de 2017 y el 14 de junio de 2018, “el GT llevó a cabo 37 reuniones para presentar, discutir y consensar el contenido del anteproyecto de referencia”.
El anteproyecto, afirman, una vez revisado y avalado por el director del INAH, “se puso a consulta de la comunidad del instituto mediante la página electrónica interna, del 6 al 26 de julio de 2018, a fin de recibir comentarios y planteamientos específicos al anteproyecto. Una vez analizadas las propuestas recibidas y realizados los cambios al documento de trabajo, se conformó el Anteproyecto de Reglamento de la Ley Orgánica del INAH, para iniciar las gestiones ante las instancias correspondientes”.
El Reglamento de la Ley Orgánica del INAH se puede consultar en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619150&fecha=24/05/2021