En el manejo de las cifras de desaparecidos en México aún persisten dudas e imprecisiones debido a que las leyes muchas veces no definen con claridad cómo equilibrar el derecho de las familias de las víctimas a la privacidad con el que tiene la sociedad de saber la magnitud del fenómeno, señalaron participantes en un foro organizado por el Instituto Nacional de Transparencia (INAI).
Mónica Meltis, directora ejecutiva de la organización Data Cívica, advirtió que aunque existen avances legales en la materia, “en términos prácticos vemos que todavía hay confusión o discusión sobre si la información de las personas desaparecidas debe o no ser pública”.
Por ello existe un impasse en el cual no hay claridad sobre qué puede difundirse y “descoordinación en términos operativos entre instituciones”. A ello se suma que aún no se han concretado el Registro Nacional de Fosas Comunes y Clandestinas ni el Banco Forense Nacional de Datos, entre otros organismos, cuya creación es responsabilidad del Sistema Nacional de Búsqueda.
Diego García Ricci, experto en temas de privacidad, advirtió que la Ley General de Protección de Datos Personales contiene diversos puntos vagos que pueden generar posibles malos manejos de dicha información.
Como ejemplo citó que no se aclara si la información de las pruebas de sangre o de ADN puede usarse para procesos penales sobre la desaparición de víctimas o para otros fines ni señala si hay fechas definitivas para conservar los datos.