Para impedir la utilización de programas sociales con fines electorales, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) solicitó el retiro y la postergación de dos programa concernientes a la entrega de tarjetas y despensas que operan las alcaldías de Venustiano Carranza y Miguel Hidalgo.
En la primera demarcación, la autoridad electoral solicitó al alcalde, Manuel Ballesteros, retirar de manera inmediata la publicidad de la página oficial de la dependencia sobre la entrega de tarjetas RespaldoVC, que constan de un apoyo de mil pesos para mitigar los efectos económicos por la pandemia de Covid-19. La dependencia erogó 40 millones de pesos para dicho fin.
En el expediente IECM-QCG/PE/069/2021 también se inició un procedimiento sancionador contra Evelyn Parra, candidata de Morena a la demarcación, pues se hallaron indicios de que podría beneficiarse de la distribución de las tarjetas.
Si bien los programas sociales no deben suspenderse en periodos electorales, explicó que la publicidad de las mismas sí está prohibida por la ley –con excepción de los programas de salud, protección civil y educación–, por lo que se ordenó directamente a Ballesteros retirar la publicación en 24 horas, de lo contrario se le impondría una medida de apremio como amonestación, multa o hasta el uso de la fuerza pública.
En tanto, en el expediente IECM-QCG/PE/079/2021, el IECM determinó la tutela preventiva para que se posterguen la operación, ejecución y difusión del programa de paquetes alimentarios 2021 que opera la alcaldía de Miguel Hidalgo, que invirtió 4.5 millones de pesos.
Asimismo, solicitó al candidato de Morena, Víctor Hugo Romo, abstenerse de difundir, entregar o exhibir en su propaganda electoral o en actos de campaña textos, imágenes o cualquier tipo de promoción o publicación alusiva al programa.
Por otra parte, en comisiones del Congreso local se definió que el primero de octubre del año electoral sea la fecha única en la que los 16 alcaldes rindan protesta e inicien sus labores en la Ciudad de México.
Con la ley vigente, las personas que son elegidas para el cargo de alcalde rindan protesta el primero de septiembre cada tres años, pero inician funciones un mes después, el primero de octubre; con la reforma dicha fecha fue definida para ambos procesos.