El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) interpuso ayer formalmente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la acción de inconstitucionalidad contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), en la que pide que se suspendan los efectos de la reforma que lo crea y que declare su invalidez.
En el texto de 116 páginas, fechado este 13 de mayo, el INAI expone a los ministros de la SCJN que en su opinión la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que creó el Panaut resulta contraria a la Constitución por diversos motivos, que se resumen en: inconstitucionalidad del sistema normativo; violación al derecho a la vida privada y protección de datos personales; violación al principio de legalidad y debido proceso, y violación al derecho de acceso a tecnologías de la información.
En la demanda presentada por su director general de Asuntos Jurídicos, Gonzalo Sánchez de Tagle Pérez, el INAI solicita que la Corte declare la invalidez de la reforma, pero que antes suspenda sus efectos. El instituto advierte que permitir que ésta se aplique llevará a que los aproximadamente 122 millones de usuarios de telefonía móvil entreguen sus datos personales a particulares y al Instituto Federal de Telecomunicaciones, lo que es “una violación que no tiene forma de reparación. Una vez entregada la información privada de una persona, el daño es irreversible y el análisis de constitucionalidad giraría en torno a una transgresión ya materializada”.