Este año, “muchas empresas no repartirán” utilidades o lo harán en menor medida por la disminución de sus ingresos, debido a la crisis económica que ocasionó la pandemia de Covid-19, señaló Armando Leñero, presidente del Centro de Estudios del Empleo Formal.
No obstante, los trabajadores podrán conocer si la empresa tuvo ganancias; si no hay utilidades que repartir, porque hay pérdidas, ellos “deben tener acceso a esta información, y si no están de acuerdo pueden presentar un recurso de inconformidad”, indicó.
Leñero recomendó que, en un contexto de crisis financiera, las compañías que no cuenten con capital suficiente puedan negociar convenios con sus empleados o con la comisión mixta, integrada por igual número de representantes de trabajadores y de la parte patronal.
“Esta negociación con los trabajadores puede prevenir sanciones con la ley, que pueden ir de 20 mil hasta más de 400 mil pesos por el incumplimiento” de este derecho constitucional y laboral, agregó.
La Ley Federal del Trabajo (LFT), en la fracción II del artículo 994, establece que los patrones que incumplan la obligación del reparto de utilidades –que a la fecha asciende a 10 por ciento de las utilidades netas– tendrán que pagar una multa de entre 50 y 5 mil UMA diarias.
El Censo de Población y Vivienda 2020 reveló que sólo 38.7 por ciento de los trabajadores en México recibe el pago de utilidades.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, las compañías que hayan generado una utilidad de 300 mil pesos o más tienen la obligación de repartir utilidades a empleados que hayan laborado al menos 60 días. Las empresas tienen como fecha límite el 30 de mayo y las personas físicas hasta el 29 de junio, para cumplir con dicha disposición.
Cabe señalar que la reforma que regula la subcontratación –y que impactó la forma en que se reparten las utilidades– no es retroactiva, por lo que el cumplimiento de esta disposición será con base en el ejercicio fiscal 2020 y la LFT vigente.