Ciudad de México. La Comisión Reguladora de Energía (CRE) formalizó este viernes la caducidad de 139 permisos de privados para comercializar energéticos, pues determinó que los permisionarios rebasaron el periodo de 365 días sin actividad.
Aunque la decisión fue tomada el 29 de abril pasado, el acuerdo se publicó hasta este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Del total, 125 corresponden a la comercialización de gasolinas, diesel, turbosina, entre otros hidrocarburos, mientras que otros 14 corresponden a gas natural, condensados y demás derivados.
La CRE señaló que durante la revisión hecha por la Unidad de Hidrocarburos no observó actividad en la venta de estos productos durante el periodo del 1 de enero de 2020 al 31 de marzo por parte de las firmas privadas, hechos que fueron constatados por la Unidad de Asuntos Jurídicos.
Ante ello, la Comisión procedió al amparo de los artículos 54 y 55 de la Ley de Hidrocarburos para cancelar los permisos, acción que no libera a sus titulares de obligaciones con el gobierno federal y con terceros.
Apuntó que el acuerdo puede ser impugnado mediante un juicio de amparo indirecto en términos de lo previsto en el artículo 27 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.
El texto bajo el cual la CRE realizó la cancelación fue aprobado recientemente por el Congreso de la Unión y el cual entró en vigor a partir del 5 de mayo pasado, tras su publicación en el DOF.
Ramses Pech, especialista en el sector energético, comentó que si bien las empresas han recurrido al amparo para evitar la implementación de la reforma a la Ley de Hidrocarburos, el artículo quinto transitorio no está bajo amparo por lo que este deberá ser tramitado por la parte afectada una vez que ya fue notificado por la CRE.
“Las empresas deberán empezar a tramitar el amparo o podrán sacar uno nuevo, eso dependerá del tiempo que tarde y ver si la CRE otorgará de nuevo el permiso”, dijo.
Señaló que esta acción es el inicio de precedentes que se verán ahora en adelante, en la forma de cancelar o autorizar permisos, lo cual deberá tener en cuenta la CRE y la Secretaría de Energía (Sener).
“Cada precedente indicará el rumbo a seguir desde un punto de vista legal y sobre la forma cómo serán realizados los proyectos en México”, apuntó.
Destacó que esta decisión puede crear incertidumbre o confianza, pero ello dependerá de la forma como son resueltos en los juzgados y los argumentos que las autoridades energéticas determinen plasmar en cada pugna que se tenga.