La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPC) emitió un acuerdo para instruir a las presidencias de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje los procedimientos para la destitución de presidentes de Juntas Especiales y de auxiliares de las Juntas federales, por conductas que ameriten la separación de su cargo.
En el documento publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación, se establecen mecanismos ante posibles faltas referidas en los artículos 643, 644 y 645 de la Ley Federal del Trabajo, entre los cuales se contempla los casos en los en los que los funcionarios actúen como apoderado, asesor o abogado patrono en asuntos de trabajo.
De registrarse conductas de este tipo, se establece que para salvaguardar los derechos de los involucrados debe iniciarse una investigación y la elaboración de un informe fundado y motivado con argumentos.