Ciudad de México. El juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó una suspensión provisional con efectos generales en contra de la Ley de Hidrocarburos, publicada apenas el 4 de mayo, con lo cual esta norma no podrá tener ningún efecto, hasta en tanto se decida si se otorga la suspensión definitiva.
La decisión se dio al admitir a trámite un amparo promovido por las empresas Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antluc, Distribuidora de Combustibles Mil, y a Dalia Pilar Lamarque Picos.
Dicha ley regresó a Petróleos Mexicanos (Pemex) el control del mercado de combustibles lo que, a juicio del titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, le da a la empresa productiva del Estado una ventaja desleal.
Así lo sostuvo: “Este precepto otorga una ventaja competitiva para ciertos participantes del sector, circunstancia que vulnera el derecho fundamental de libre competencia económica y concurrencia tutelado por la Constitución. Aunado a que, este tipo de ventajas también podrían abonar a que Petróleos Mexicanos retome el papel monopólico que tenía hasta antes de la reforma energética, lo que sin duda implicaría un retroceso para el desarrollo de todo el sector”.
Gómez Fierro, quien también ha otorgado suspensiones contra la Ley de la Industria Eléctrica y contra el Patrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, dio a su decisión efectos generales, pues afirmó que de lo contrario “se permitiría un trato de privilegio para las quejosas, ya que serían las únicas permisionarias a las que no se les aplicables los supuestos de revocación que se encuentran previstos en los artículos transitorios que, en apariencia, resultan ser inconstitucionales".
En el caso de hidrocarburos, la medida cautelar sólo deja sin efectos los artículos 57, así como el cuarto y sexto transitorio del decreto.
Además, el juez requirió a la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle, en su carácter de autoridad vinculada y quien tiene la facultad de supervisar el cumplimiento de la política energética del país, que dentro del plazo de tres días publique en el Diario Oficial de la Federación el aviso de que la Ley de Hidrocarburos, impulsada por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, quedó temporalmente sin efectos debido a las suspensiones.
El artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos faculta al gobierno para realizar la “ocupación temporal, intervención o suspensión” de cualquier permiso o contratar a Petróleos Mexicanos para tomar control de las instalaciones y mantener la operación de las actividades previstas en el mencionado permiso.
Los transitorios permiten a las autoridades revocar los permisos que al 5 de mayo no cumplieran los requisitos de almacenamiento de hidrocarburos ordenados por la Sener, y en general, los que no cumplan cualquier otra disposición.
Esta suspensión provisional permanecerá por lo menos hasta el viernes próximo, cuando se efectuará la audiencia constitucional del juicio, y Gómez Fierro decidirá si la suspensión se hace definitiva, lo que significaría que la Ley de Hidrocarburos no se aplicaría hasta que el amparo se resuelva de fondo.