La Comisión Permanente emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma al artículo 74 de la Carta Magna para eliminar las partidas secretas, luego de que 17 congresos estatales la aprobaron.
El presidente de la Mesa Directiva, el morenista Eduardo Ramírez, hizo la declaratoria y la remitió al Diario Oficial de la Federación (DOF) para su publicación. La modificación establece que no podrá haber partidas secretas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Martí Batres, senador de Morena, resaltó en la sesión a distancia que este es un acontecimiento histórico. La partida secreta permaneció en los diversos presupuestos de la Federación, con altas y bajas, entre el año 1918 y hasta 1998, es decir, “durante 80 años y formó parte de la Constitución desde 1917 hasta 2021, más de cien años. Hoy se concreta un proceso largo de lucha para eliminarla”.
Recordó Batres que desde 1979 el diputado Pablo Gómez fue pionero en el tema, y “ahora con la nueva mayoría de Morena insistió en la eliminación de la partida secreta”.
Los congresos estatales que avalaron la eliminación de esa partida del texto constitucional fueron Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, estado de México, Durango, Nayarit, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México.
En otro tema de la sesión, el presidente de la Comisión Permanente, el morenista Ramírez, hizo también la declaratoria de constitucionalidad de la reforma al artículo 30 de la Carta Magna, en materia de nacionalidad, y la turnó al DOF para su publicación.
Miguel Ángel Lucero, senador del PT, destacó que con este cambio constitucional se eliminan las barreras para el reconocimiento efectivo de la nacionalidad mexicana.
“Celebramos que con esta reforma se amplía el espacio para el ejercicio del derecho de la nacionalidad para aquellos connacionales cuyos hijos e hijas nacen fuera del territorio nacional, protegiendo con ello su derecho a la identidad.”
De igual forma se hizo la declaratoria de constitucionalidad de dos modificaciones al artículo 43 de la Carta Magna, en un caso, para establecer el nombre al estado de Michoacán como Michoacán de Ocampo, y en el segundo caso, para señalar que el nombre del estado de Veracruz es Veracruz de Ignacio de la Llave. Ambas reformas se turnaron al DOF para su publicación.