Esta semana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá la acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, que fue impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al denunciar posibles violaciones a tratados internacionales firmados por nuestro país.
El organismo impugna 20 artículos de esa legislación que autorizan la enajenación de bienes utilizados en la comisión de diversos ilícitos, incluso antes de que se llegue al veredicto judicial sobre si se cometieron y el grado de responsabilidad del propietario.
La demanda de juicio constitucional impugna también el ejercicio de la extinción de dominio como una medida de “investigación para la prevención”, pues significa dar al Ministerio Público facultades para realizar actos de molestia sin autorización judicial y se aplica de forma retroactiva.
Se trata de la acción de inconstitucionalidad 100/2019 que aparece en el tercer lugar de la lista de asuntos para discutirse en el pleno de la SCJN, por lo cual es posible que se comience a analizar el próximo marte o el jueves, a más tardar.
El proyecto de sentencia, elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, no se ha hecho público, pese al acuerdo que tomó la Corte desde hace años para publicar las propuestas de fallos de asuntos que tienen que ver con derechos humanos, como este caso.
En su acción de inconstitucionalidad, la CNDH también pone a discusión los artículos 173, 177 y 190 de la ley, que permiten como medida cautelar el aseguramiento de bienes con el propósito de evitar que sean ocultados, vendidos o alterados.
En su querella explica que este tipo de medidas también deben ser sujetas a control judicial para evitar actos arbitrarios que lesionen la seguridad jurídica, el derecho a la propiedad, privacidad y el resguardo de datos personales.