Los dueños de líneas telefónicas que sean utilizadas para hacer llamadas de broma a los servicios de emergencia de la Ciudad de México podrán ser sancionados administrativamente, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó vigente un artículo de la Ley de Cultura Cívica que impugnó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CDNH).
El máximo tribunal del país también dejó intactos los artículos de dicha ley que castigan con multa el producir sin causa justificada ruidos que pongan en riesgo la salud y a quienes alteren el orden público. La SCJN continuará con su análisis este martes.