El artículo 130 constitucional, sobre el principio de la separación iglesias-Estado, así como la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su reglamento, deben ser modificados, planteó Arturo Farela, presidente de la Confraternidad Nacional de Iglesias Cristianas Evangélicas (Confraternice).
En entrevista con La Jornada, indicó que la legislación “viola derechos humanos” de los ministros de culto y los considera como ciudadanos de segunda.
“Son muy pocos los países en el mundo que tienen esas restricciones. En la mayoría los ministros de culto pueden llegar a ser legisladores o incluso presidentes de su país”, comparó.
Farela, quien admitió que fue sancionado en tres ocasiones, una por el Instituto Nacional Electoral, otra por la Secretaría de Gobernación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por haber apoyado abiertamente a Andrés Manuel López Obrador cuando fue candidato a la Presidencia, aseveró que “es indudable que la legislación actual está muy rebasada porque viola los derechos humanos de los ciudadanos que tenemos la calidad de ministros de culto”.
Por ello, “hago un llamado a los legisladores para que reformen el artículo 130 constitucional y la Ley de Asociaciones Religiosas, su reglamento, y que no haya ciudadanos de primera, de segunda y de tercera”. Citó que en países como Estados Unidos no hay esas limitaciones. “Ahí está el reverendo (bautista) Jesse Jackson, quien fue candidato a las primarias presidenciales en 1984 y 1988, y fue senador de facto de 1991 a 1997.
Dijo que a los legisladores “no les veo voluntad” para proponer una reforma en ese sentido, además de que han sido “omisos”, y una buena parte de ellos son “conservadores”, pero confió en que en la actual administración “se puedan dar estos derechos a los ministros de culto”.
En el contexto de la aspiración del obispo católico emérito Onésimo Cepeda de incursionar en la política, lo cual finalmente no ocurrió, Farela descartó que hasta el momento algún ministro de culto haya ido contra la ley, pues dijo que todos los que han incursionado en partidos políticos “son laicos”, incluso en institutos políticos a los que se ha ligado con el tema.
Detalló que la legislación actual refiere que para acceder a cargos de elección popular se debe renunciar al ministerio. “Si el cargo al que se aspira es de elección popular son cinco años, si es un cargo municipal son tres años y si es un cargo menor es un año”.
Comentó que en la actual coyuntura electoral no considera que haya interés por una reforma de ese calibre, pero “sí creo que por parte del Presidente, que es liberal y respetuoso de los derechos humanos, podría haber disposición”.