La Comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados pospuso para el martes próximo la aprobación del dictamen que regula la subcontratación laboral, a fin de realizar ajustes a la redacción del proyecto, en cuanto a la fecha en que los empleados bajo el régimen de subcontratación pasen a formar parte de la nómina del patrón real.
El cambio, explicaron diputados, fue solicitado a la Comisión del Trabajo por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para definir que la transferencia de las nóminas sea “a partir de 90 días” después de la entrada en vigor de la reforma, y no durante los tres meses siguientes a la vigencia de la ley.
La idea del Presidente, explicaron, es promulgar la ley el 1º de mayo, por lo cual esta obligación patronal tendría efecto a partir del 1o de agosto.
Una vez que la tarde del miércoles la Comisión del Trabajo distribuyó el proyecto de dictamen, que incorpora los acuerdos de Palacio Nacional para permitir únicamente la subcontratación de personal para “servicios especializados”, se citó a los integrantes de esa instancia legislativa a aprobar el documento este jueves.
No obstante, poco antes de la hora de la cita a los diputados, el presidente de la comisión, Jesús Baldenebro (PES), envió una comunicación para cancelar el encuentro, sin precisar la hora y la fecha de una nueva convocatoria.
En Morena se informó que la discusión se retomará el martes 13 de abril, a las 9 horas, en espera de que se vote el dictamen y eventualmente se envíe de inmediato al pleno de la cámara –que está citado a las 11 horas– para su aprobación.
Como parte del aviso a los diputados, Baldenebro informó que se pospuso la sesión “con la finalidad de atender observaciones al proyecto de dictamen, el cual se enviará en tiempo y forma” a los integrantes de la comisión. Tales observaciones se refieren a la temporalidad de transferencia de trabajadores al patrón real, indicaron legisladores.
Transmisión de bienes
Así, en los artículos transitorios del proyecto se plantea que para las empresas que operan bajo subcontratación no será requisito la transmisión de los bienes objeto de la compañía o establecimiento durante tres meses contados a partir de la entrada en vigor de la reforma.
Esto, siempre que la persona contratista transfiera a la persona beneficiaria a los trabajadores en dicho plazo, pero sí se deberán reconocer los derechos laborales, incluida su antigüedad, generados por el efecto de la relación de trabajo.