Ciudad de México. A dos días del acuerdo en Palacio Nacional, la Comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados incorporó desde ayer al proyecto de dictamen las medidas que aplicarán en la subcontratación de personal sólo para “servicios especializados”.
Ratifica que poner fin a la tercerización indiscriminada busca “evitar la evasión del cumplimiento de las obligaciones patronales”.
La reforma, que se votará este jueves en esa comisión y se discutirá en el pleno de la Cámara el próximo martes, establece reglas precisas para evitar la simulación en las relaciones laborales, el perjuicio a los trabajadores –que recibirán utilidades de tres meses o el promedio de los últimos tres años– y al fisco, al cerrar el paso a la elusión y la evasión.
En este sentido, la reforma obliga a la empresa a entregar al contratante todos los recibos de pago del impuesto sobre la renta (ISR) de sus trabajadores y se confirma el plazo de tres meses para que los empleados bajo el régimen de outsourcing pasen a formar parte de la nómina del patrón real.
El proyecto, que fue circulado ayer a los diputados de la comisión, explica que únicamente se permitirá que las personas físicas o morales contraten la prestación de servicios de carácter especializado o la ejecución de obras especializadas.
Agrega que los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre firmas de un mismo grupo empresarial, también se considerarán como especializados, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad preponderante de la empresa que los reciba.
Con las modificaciones a las leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social, del Infonavit, del Código Fiscal de la Federación, del ISR y del Impuesto al Valor Agregado se terminará la corrupción que se da con “la expedición de facturas que surgen de la simulación, así como el incumplimiento de las responsabilidades de seguridad social que afectan a la pensión y/o jubilación, prácticas que también impactan en el derecho a la vivienda, ya que afectan el acceso al financiamiento, la capacidad de pago de los derechohabientes y de su ahorro a largo plazo”.
La Comisión del Trabajo ratifica que sólo podrán ser empresas subcontratistas cuando obtengan un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y argumenta que poner fin a la tercerización ilegal se hará “sin dañar a las firmas que por necesidad recurren” a esta figura.
De subcontratar por medio de una empresa que incumpla la legislacion vigente, la persona física o moral que adquiera los servicios también asumirá parte de la obligación para el cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores, al ser considerado “responsable solidario”.
En el Código Fiscal se propone no deducir o acreditar los pagos o contraprestaciones realizados por subcontratación de personal y en la Ley del ISR obligar a las empresas a comprobar el entero de las retenciones del impuesto a los trabajadores, así como del pago de las cuotas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.