La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor, para proteger las creaciones de los pueblos y comunidades indígenas ante el plagio de sus obras y artesanías, que cometen principalmente marcas extranjeras que comercializan sus diseños sin autorización ni pago de regalías.
Asimismo, el pleno modificó la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, para incrementar las penas a quien se apodere de un monumento arqueológico, histórico o artístico.
Comunidades indígenas
La primera reforma tuvo el aval de 441 votos de todas las bancadas y prevé que serán obras objeto de protección las “creadas por pueblos y comunidades indígenas, mismas que han sido transmitidas por generaciones y que reflejan los significados, los valores de su cultura, religión y modo de vida y que, por sus características colectivas, no es posible atribuir a cada uno de ellos un derecho distinto e indiviso sobre las creaciones”.
Al explicar el alcance de la reforma, Armando Contreras (Morena) indicó que el trabajo de los pueblos no está especificado en la ley, además de que muchas veces es difícil identificar a qué cultura pertenece y por ese resquicio su trabajo ha sido hurtado.
Con la adecuación a la Ley Federal de Derechos de Autor, se aplica una salvaguarda al acervo cultural y los haberes y saberes de los pueblos y comunidades indígenas y a quienes forman parte de éstos, “por lo que las trasnacionales ya no podrán aducir desconocimiento para apropiarse del trabajo mexicano”.
Inmuebles catalogados
Respecto de la ley sobre monumentos, el pleno de la Cámara aprobó cambios para que se imponga prisión de cinco a doce años y se cobren multas de entre tres mil a cinco mil veces el equivalente a la unidad de medida y actualización, a quien indebidamente se apropie de un bien mueble catalogado. Actualmente, el delito se castiga con prisión de tres a 10 años y con multa de dos mil a tres mil veces el salario mínimo.