Ciudad de México. Diputadas de Morena, PT y PRI, con respaldo de organizaciones de la sociedad civil, presentaron una iniciativa que modifica el Código Penal Federal y el Código Nacional de Procedimientos Penales para ajustar las penas por aborto que actualmente establecen hasta cinco años de prisión e indicar que en su lugar se aplicará hasta seis meses de cárcel o trabajo comunitario. Define que el aborto se considerará sólo cuando la interrupción de gestación se presente después de las 12 semanas de embarazo.
Además, establece candados para obligar al análisis del contexto en casos de detenciones durante protestas sociales, y determinar si la aprehensión fue por motivos políticos, en cuyos casos no se ejercerá acción penal.
Las legisladoras de dichos partidos indicaron que la Ley de Amnistía, publicada en el Diario Oficial de la Federación el año pasado, beneficia bajo criterios específicos, a quienes personas sentenciadas, procesadas o se les haya ejercitado acción penal por delitos como aborto, homicidio, contra la salud, e ilícitos cometido por integrantes de pueblos indígenas que no hayan tenido un debido proceso, entre otros. No obstante, aún prevalecen disposiciones en las normas federales contrarias a esta legislación.
Por ello propone modificar el Código Penal para cambiar el concepto de aborto, y establecer que éste se presenta cuando la interrupción del embarazo se presente después de las 12 semanas de gestación. “Se impondrá de tres a seis meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta en que otra persona la haga abortar, después de las doce semanas de embarazo”, se establece en la iniciativa.
Mientras la norma vigente castiga la participación de personal médico en abortos, la propuesta perfila una sanción para quienes lo hagan únicamente sin el consentimiento de la mujer, aun cuando se realice antes de las 12 semanas.
Respeto a los delitos por motivos políticos y en contexto de represión a la protesta social, se propone que cuando se trate de delitos de los cuales se acusa a personas que se encuentran involucradas en contextos de defensa de un proyecto político alterno, defensa de la tierra, en manifestaciones en contra de proyectos de la administración y/o cualquier otro evento en ejercicio del derecho a la protesta y la libertad de expresión, “se deberá considerar, a petición de parte se realizará un análisis contextual para poder identificar a una persona detenida por fines políticos”.
Para dichos casos se deberá analizar si la persona fue detenida en un contexto de protesta social; si pertenece a algún grupo que se encuentre en desacuerdo con las políticas actuales o las autoridades, indistintamente el orden de gobierno, y si la detención fue en un contexto de protesta social.
“Cuando se cumplan las características del análisis contextual para determinar si se trata de una persona detenida por motivos políticos, se declarará la extinción de la acción penal, dejando a salvo los derechos a la reparación del daño”.
En cuanto a los delitos a la salud, la propuesta acota que no será punible la producción ni compra de narcóticos para consumo personal.
Además, no se impondrá una sanción privativa de la libertad a las personas detenidas por la siembra, cultivo o cosecha de mariguana, amapola, hongos alucinógenos, peyote o similares, cuando se trate de personas con “escasa instrucción y extrema necesidad económica”.