La Secretaría de la Función Pública (SFP) continuará defendiendo la legalidad de la inhabilitación por 30 meses que había impuesto en octubre pasado a Laboratorios PiSA, por falsear información en una contratación con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), misma que fue revertida por una resolución del Tribunal Federal de Justicia Administrativa de y que se hizo efectiva este martes con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La SFP indicó en una tarjeta informativa que “de ningún modo la medida cautelar otorgada por el Tribunal significa que se haya resuelto de fondo del asunto, y por ende, que se haya declarado nula la resolución por la que se inhabilitó y sancionó a la empresa”.
En octubre del 2020, Laboratorios Pisa -una de las compañías más grandes del ramo en el país, la cual ha sido señalada por el presidente Andrés Manuel López Obrador de estar entre los acaparadores del mercado de distribución de medicamentos- y su filial Distribuidora Internacional de Medicamentos y Equipo Médico (Dimesa) habían sido inhabilitadas para celebrar contratos con el gobierno por 30 meses -y se les había impuesto una multa de un millón 170 mil pesos a cada una, porque durante el proceso de adjudicación de un servicio integral de anestesia en 2017 con el IMSS, falsearon información, de acuerdo con la SFP.
Las empresas impugnaron la sanción, derivado de lo cual el Tribunal decretó en noviembre la suspensión de los castigos. La resolución del Tribunal estaba congelada hasta hoy, pues para hacerse efectiva debía publicarse en el DOF, como sucedió este martes.
La SFP agregó que a través de su Unidad de Asuntos Jurídicos continuará defendiendo la legalidad de la sanción que impuso a las empresas.
“Dentro del proceso de defensa jurídica, la Función Pública continuará subrayando la relevancia de cumplir con la jurisprudencia emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que estableció que debe negarse la suspensión a la inhabilitación temporal para participar en procedimientos de licitación o celebrar contratos públicos, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 134 constitucional”.
La dependencia manifestó que las sanciones que emite son “elaboradas con estricto apego a la ley, actuando de forma imparcial y objetiva, por lo cual mantiene una firme defensa de las resoluciones administrativas a través de los mecanismos jurídicos correspondientes”.