La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad contra la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión oficiosa, la cual fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
El estudio del caso correspondió por turno a la ministra Margarita Ríos Farjat, quien pidió a los poderes Ejecutivo y Legislativo que, en un plazo de 15 días hábiles, entreguen las copias certificadas de los documentos de esta reforma legal, a fin de conformar el expediente respectivo.
La CNDH acusa que estas modificaciones atentan contra los derechos a la libertad personal, el debido proceso y la presunción de inocencia, violando no sólo la Constitución sino también los preceptos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y criterios jurisprudenciales emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).
Añade que la prisión preventiva oficiosa debe ser una medida extraordinaria y no la regla, pues la privación de la libertad es una sanción en sí misma, que sólo debería aplicarse para presuntos delincuentes especialmente peligrosos.
En nuevo catálogo permite aplicar la prisión preventiva oficiosa a los imputados por delitos como feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, violencia sexual contra menores, corrupción, desaparición forzada, robo al transporte de carga y de combustibles.