Ciudad de México. Las disposiciones para que los usuarios de la banca den su geolocalización ponen en riesgo a todos los ciudadanos. Los bancos son las instituciones más multadas por el INAI porque no saben cuidar los datos de sus clientes y los usan para propósitos ajenos a su aviso de privacidad o en incumplimiento de la ley. Es preocupante porque se le da al banco un dato bien importante: nuestra ubicación al momento de realizar una transacción financiera, advirtió el catedrático de la Udlap Jenkins Graduate School, Joel Gómez Treviño.
El 22 de marzo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación que por recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional –organismo fundado en 1989 en París, Francia, para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo), los clientes de los bancos deberán dar su geolocalización al momento de realizar una operación en línea. Al respecto, el especialista en derecho digital destacó que el que los bancos tengan acceso a la geolocalización de los usuarios de la banca en línea vulnera la privacidad.
El académico, autor del libro El derecho en la era digital, señaló en entrevista que se supone que el banco debe resguardar el dato requerido conforme al artículo 115 de las Disposiciones Generales de las Instituciones de Crédito, pero indicó nadie garantiza que efectivamente el banco reservará esa información por si algún día la requieren las autoridades, no existe esa garantía, y como sabemos los bancos son las instituciones más multadas por faltas a la Ley de Protección de Datos Personales, aplicadas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
El Doctor en Derecho Internacional Comparado por la Universidad de Leyes de Tulane expuso que ahora lo que debe hacerse es una análisis sobre si las disposiciones publicadas en el DOF son procedentes, si en efecto están acorde con las recomendaciones del GAFI y saber si, efectivamente, el organismo está pidiendo que a todo el mundo se le observe y se guarde el dato de su geolocalización. He leído las recomendaciones y la 10 es la que está más relacionada con el tema, se trata de la llamada “debida diligencia del cliente”, y en ninguna parte se señala la obligación de las instituciones financieras de grabar las ubicaciones de los clientes.
Por otro lado —agregó— es una medida coercitiva porque se establece con un condicionamiento coercionado que es: si no se otorga el consentimiento para acceder a la geolocalización del cliente, la aplicación no permitirá hacer la operación; esto transgrede el derecho humano de acceso a las tecnologías que se encuentra establecido en la Carta Magna.
Joel Gómez Treviño precisó que el dato de la geolocalización puede ser fácilmente falsificado; ya en Twitter se publicó que existen aplicaciones gratuitas con las que se puede ofrecer una geolocalización, o es posible utilizar un VPN para mostrar que se está en otro lugar. Derivado de esto “va a resultar en que sea inútil estar pidiéndole a todos los usuarios de la banca móvil su geolocalización”.