La adquisición hostil de Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP), por parte de Grupo México fue cancelada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró constitucional un artículo de la Ley del Mercado de Valores (LMV), que era impugnado por la empresa de Germán Larrea Mota Velasco.
Por unanimidad, la primera sala del máximo tribunal avaló el artículo 48 de la LMV, que permite a una empresa limitar la adquisición de sus acciones por un solo tenedor, cuando su propósito es hacerse del control de la firma.
La sentencia aprobada, presentada por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, señala que estas previsiones no violan los derechos constitucionales: “El artículo 48 de la Ley del Mercado de Valores no representa una interferencia en las libertades económicas de las personas”.
La norma “permite a las sociedades protegerse contra las tomas de control hostiles, pero les prohíbe protegerse contra aquellas amigables, esto es, aquellas ofertas que pueden ser evaluadas por la asamblea de accionistas para su aprobación colectiva.”
El expediente del caso será regresado al tribunal colegiado de origen, para que con la directriz fijada por la SCJN, emita una resolución fundada en la constitucionalidad de la LMV.
El GAP administra 12 aeropuertos de las zonas centro y pacífico, más otros dos en Jamaica, por los que el año pasado transitaron más de 27 millones de pasajeros, según sus reportes financieros.
Los intentos de Grupo México por hacerse del control de GAP datan de 2011.