El amparo promovido por Alejandro Jesús Quintero Íñiguez, uno de los productores del documental El populismo en América Latina, será negado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), según un proyecto de sentencia presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Se trata del juicio que promovió en 2019 contra la investigación de la Fiscalía General de la República que lo señala como imputado de delitos electorales, al haber financiado esa producción utilizada en la campaña negra contra el hoy presidente Andrés Manuel López Obrador, durante la contienda electoral de 2018.
En su amparo, Quintero Íñiguez pretende combatir la constitucionalidad del artículo 112 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el cual advierte que “se denominará genéricamente imputado a quien sea señalado por el Ministerio Público como posible autor o partícipe de un hecho que la ley señale como delito”.
El proyecto de sentencia advierte que el carácter de imputado mencionado por el CNPP es acorde a los precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que señalan que el derecho de defensa debe poder ejercerse a partir del momento en que una persona es señalada como posible autor de un hecho punible.
La sentencia propuesta niega por tanto el amparo promovido por Quintero Íñiguez, confirmando la decisión que en ese sentido dictó el juzgado octavo de distrito en materia penal el año pasado.
Quintero Íñiguez, quien también fue publicista del ex presidente Enrique Peña Nieto, es investigado por su posible responsabilidad en delitos electorales, por financiamiento ilícito, así como por operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Como parte de estas pesquisas, la Unidad de Inteligencia Financiera señaló que esa campaña fue financiada con casi 100 millones de pesos por el Consejo Mexicano de Negocios, dinero que habría sido aportado por empresas como OHL y Grupo Peñoles.
El proyecto de sentencia del ministro Pardo Rebolledo está en lista para votarse el mes próximo en la Primera Sala de la SCJN.