El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)confirmó las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral en contra de Morena que derivaron en la instrucción a ese partido de evitar vincular sus estrategias de proselitismo partidista con la entrega de programas sociales e incluso del plan de vacunación contra el Covid-19. En sesión privada y aunque se acotó que aún faltaría resolver el fondo del asunto, se estableció que estas prácticas denunciadas por el PAN sí podrían tratarse de violaciones a la ley.
Más tarde, ya en sesión pública, en una votación dividida de 4 a 3, los magistrados propinaron otro revés a Morena al desechar su recurso en contra del uso de la urna electrónica que aprobó el INE. Aun cuando el proyecto original venía en contra de aprobar el programa piloto con carácter vinculante en 100 casillas de Coahuila y 100 en Jalisco, por mayoría se aprobó dar el aval. El magistrado Indalfer Infante, ponente en el caso, dijo que las objeciones no eran en contra de avanzar hacia la urna electrónica sino que se consideraba que el INE carecía de facultades para aprobar esta medida.
El magistrado presidente, José Luis Vargas, quien con su voto inclinó hacia el final el sentido de la decisión, aseveró que existen condiciones para que el INE impulse experiencias con la introducción de nuevas tecnologías. Afirmó que la ley no se puede interpretar sólo de forma literal y apelar a la reserva de ley de que el INE no tiene facultades, porque no se trata de un ejercicio generalizado del voto electrónico sino está acotado a 100 casillas en Jalisco y Coahuila.
En el mismo sentido se pronunciaron los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes Barrera quienes destacaron la importancia de avanzar en la utilización de nuevas tecnologías que serán, indicó De la Mata, el futuro de la forma de sufragar. Consideraron que en la evaluación de experiencias nacionales pasadas y experiencias internacionales, el voto electrónico refleja que existe confianza social en este mecanismo.
Para los magistrados Infante, Janine Otálora y Reyes Rodríguez, las objeciones no eran en contra de la urna electrónica y su utilidad social, sino con las facultades del INE para aprobar un modelo de voto que requeriría modificaciones legales.