Ciudad de México. Por mayoría de votos, la sala superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló la multa de 158 millones 662 mil 885 pesos e inhabilitación por 10 años para el servicio público que se le impuso el 16 de noviembre de 2018 a Francisco Javier Báez, ex director de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu),durante la gestión de Rosario Robles Berlanga.
Está vinculado con la firma del convenio SEDATU/DGAPADN-UPFIM/ 339901.03/2016, en febrero de 2016 con la Universidad Politécnica Francisco I. Madero del estado de Hidalgo y por el cual Armando Saldaña Flores, ex director general de Ordenamiento Territorial y Atención a Zonas de Riesgo de dicha secretaría, por el presunto desvió de 185 millones de pesos, sin embargo, en marzo de 2019, un juez federal rechazó vincularlo a proceso
Los magistrados declararon fundados los argumentos del ex funcionario, implicado en la llamada Estafa Maestra y cercano a Emilio Zebadúa, ex Oficial Mayor de la Sedesol y Sedatu, ya que hubo una violación al procedimiento administrativo, debido a que se fundó en una ley equivocada.
En su ponencia, el magistrado Alfredo Salgado Loyo argumentó que la Secretaría de la Función Pública (SFP) tramitó el procedimiento contra Báez Álvarez el 16 de septiembre de 2017, cuando ya estaba vigente la Ley General de Responsabilidad Administrativas.
“La autoridad actuó con fundamento en una ley que no resultaba aplicable al llevar a cabo el procedimiento de responsabilidades con fundamento en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. También resulta fundado el argumento del actor que sostiene la incompetencia de la autoridad administrativa que emitió la resolución impugnada, toda vez que al haberse sustanciado y resuelto el procedimiento conforme a una legislación abrogada, no se consideró que la autoridad competente para emitir la resolución lo era este Tribunal Federal de Justicia Administrativa, al final de cuentas, la sanción también puede declararse nula, ya que desde el inicio hay una violación del procedimiento administrativo, toda vez que se fundó en una ley equivocada”.
Al argumentar su postura, la magistrada Zulema Mosri, quien votó en contra, dijo que la SFP actuó contra Francisco Báez como resultado de observaciones de la Auditoria Superior de la Federación (ASF) en la revisión a la Cuenta Pública de 2015, y que sí era aplicable la Ley Federal de Responsabilidades.