El Congreso de Yucatán incurre en una omisión legislativa al no aprobar el matrimonio igualitario, ignorando la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), señala un proyecto de sentencia presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que será discutido el miércoles próximo en la Primera Sala del máximo tribunal.
Se trata del amparo interpuesto en abril de 2019 por el Colectivo por la Protección de Todas las Familias de Yucatán, el cual denunció que el Legislativo local desacata la jurisprudencia de la SCJN emitida en 2015 en la que subraya que es discriminatorio no reconocer los matrimonios igualitarios.
Aunque dicha jurisprudencia obliga a todos los congresos a modificar la norma, aún 11 se han negado a corregir sus códigos civiles y familiares, por lo que las parejas del mismo sexo que desean casarse únicamente tienen la opción de tramitar un juicio de amparo para que un juez federal ordene que se lleve a cabo, caso por caso.
El colectivo indicó que el proyecto de sentencia de González Alcántara Carrancá es favorable a los colectivos civiles que reclaman la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo, por considerar que los congresos estatales no pueden emitir normas que discriminen a grupos históricamente excluidos.
El documento señala que es deber de la Corte ejercer control de constitucionalidad y convencionalidad en defensa de los principios de igualdad y dignidad de las personas, “así como impedir que permanezca cualquier trato discriminatorio que menoscabe el ejercicio de los derechos humanos de las personas”.
Propone declarar que sí hay falta, pues “el Congreso de Yucatán fue omiso en adecuar la legislación de ese estado conforme a la declaratoria de inconstitucionalidad decretada por este alto tribunal”.