La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) presentó este viernes una denuncia ante la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo (SCRPPA) de la Fiscalía General de la República, en contra de 15 personas físicas y 15 morales que formaban parte de una banda de clonadores de tarjetas bancarias y que presuntamente realizaban actividades de lavado de dinero.
La organización operaba en Cancún, Quintana Roo, y otros destinos turísticos mexicanos. Estaba integrada por ciudadanos rumanos y mexicanos. Entre los involucrados también se encuentran empresas con actividades características de empresas fachadas en el Sistema Financiero Nacional, informó la UIF.
Explicó que, de acuerdo con sus investigaciones, el esquema de lavado de dinero se estructuró mediante la operación de un grupo de empresas constituidas principalmente por personas de origen rumano. Dichas firmas, ligadas corporativamente con el grupo delictivo denominado La banda de la Riviera Maya, fueron utilizadas “para el manejo de los recursos obtenidos ilícitamente derivado delos fraudes cometidos en contra de los usuarios y clientes de la banca mexicana”, explicó la Unidad de Inteligencia Financiera, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Sin especificar el nombre de las empresas, la UIF destacó que una de las personas morales ligadas a la banda aparentemente está relacionada con la empresa que celebró el contrató referido y que es utilizada para blanquear los recursos mediante inversiones en bienes inmuebles.
Asimismo, se identificó que la organización criminal está relacionada financieramente con otro grupo de empresas que aparentemente forman parte de una misma organización.
Estas compañías presuntamente forman parte del esquema señalado, ya que presentan un comportamiento financiero inusual, como la triangulación de recursos, el uso sistemático de efectivo, transferencias internacionales injustificadas y a países considerados de riesgo para el lavado de dinero por cantidades millonarias, así como la adquisición de bienes de lujo y la dispersión de recursos en juegos de apuestas y sorteos.
Estas operaciones se realizaban además bajo un comportamiento fiscal irregular, como el caso de una Sociedad Mercantil considerada como Empresa Facturadora de Operaciones Simuladas (EFOS) o facturera.
De acuerdo con el párrafo primero del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se considera empresa fachada o facturera, cuando la autoridad fiscal –en este caso, el Servicio de Administración Tributaria (SAT)– detecta que un contribuyente emite comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes no puedan ser localizados.