La Suprema Corte de Justicia de la Nación someterá a consideración de los ministros de la primera sala si atrae el recurso de inconformidad que promovió la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA) de México, luego de que un tribunal unitario resolvió el año pasado cancelar la orden de aprehensión en contra de Gastón Azcárraga Andrade, ex presidente del consejo de administración de Mexicana de Aviación, acusado del delito de fraude en la quiebra de la aerolínea.
En entrevista con La Jornada, el abogado del sindicato de pilotos, Agustín Liñan Salinas, señaló que “es muy importante que el máximo tribunal intervenga, porque miles de trabajadores resultaron afectados, y muchos quedaron sin empleo. A partir de la resolución que pudiera emitir, se haría justicia”.
En agosto pasado, el segundo tribunal unitario en materia penal en la Ciudad de México resolvió cancelar la orden de captura contra el empresario. En ese entonces, la decisión del magistrado Manuel Bárcena Villanueva de dictar una nueva resolución se dio luego de que el tercer tribunal unitario, cuya titular es Isabel Cristina Porras, ratificó el amparo que un colegiado otorgó a Azcárraga Andrade y ordenó al segundo tribunal unitario dejar insubsistente la orden de captura.“En cumplimiento a la ejecutoria de amparo, el magistrado Bárcena primero resolvió no cancelar la orden de arresto, sin embargo, de manera indebida, el tercer unitario lo conminó anularla, por eso interpusimos la inconformidad ante un tribunal colegiado y luego la petición de atracción ante la Suprema Corte”, agregó el litigante
El recurso, reiteró, fue contra la resolución emitida por la magistrada del tercer tribunal unitario, por considerarla “indebida e ilegal, toda vez que, declaró cumplida la ejecutoria de amparo dictada en el presente juicio, no obstante que la resolución de cumplimiento se dictó en defecto y exceso, esto es, se realizó dicho cumplimiento de manera deficiente y extralimitado”.
De acuerdo con la ASPA, Gastón Azcárraga es acusado por autoridades de difundir información falsa a inversionistas de la empresa de aviación, delito previsto y sancionado en las fracciones I y II del artículo 383 de la Ley del Mercado de Valores.