Ciudad de México. El Congreso de la Ciudad de México aprobó la iniciativa enviada por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, que modifica la clasificación de riesgos para establecimientos mercantiles, simplifica trámites administrativos, precisa facultades en materia de protección civil que corresponden a la administración central y las alcaldías y establece sanciones por incumplimientos a la norma que van de la multa a la clausura definitiva.
Con 41 votos a favor y 11 en contra del grupo parlamentario del PAN, la reforma modifica la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil donde se define una clasificación de alto, mediano y bajo riesgo para establecimientos comerciales, de servicios, industriales a partir del número de empleados, aforos y superficie, así como por el manejo, almacenamiento y comercialización de sustancias químicas peligrosas.
Incorpora las figuras de análisis y estudios de riesgo, que deberán ser elaborados por un tercero acreditado, en los que se identifican los peligros a los que están expuestos los inmuebles o establecimientos, daños probables, acciones y obras de prevención y mitigación
Establece que la determinación de los establecimientos que sean sujetos de visitas de verificación por parte de la secretaría o las alcaldías se realizará bajo un mecanismo de selección aleatorio a través de la plataforma digital donde registrarán y podrán realizarse visitas extraordinarias.
En el caso de las sanciones, prevé que las multas previstas por violaciones a la norma podrán aplicarse con independencia de otras que disponga la ley, de manera conjunta o separadamente, como pueden ser la revocación de autorizaciones, registros de programas internos y especiales, la imposición de obras de mitigación de riesgos, así como la clausura temporal o definitivas, parcial o total.
Prevé que las clausuras procederán cuando habiendo cometido una infracción, el responsable incumpla los plazos y condiciones determinados por la autoridad para su resarcimiento, en casos de reincidencia, por omitir las medidas de mitigación señaladas en su estudio de riesgos o en el caso de espectáculos públicos con afluencia masiva el organizador carezca de programa especial.
La reforma adiciona una fracción al artículo 2412 del Código Civil relativo a los inmuebles en arrendamiento, que obliga a los propietarios de edificios destinados a oficinas a elaborar el programa interno de protección civil para espacios comunes y proporcionar al arrendatario la documentación correspondiente.