El coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, dio a conocer su iniciativa para regular las redes sociales, en la cual propone que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sea el que garantice el ejercicio de la libertad de expresión en el ciberespacio y establezca límites claros a los propietarios de esas aplicaciones en cuanto a la suspensión y eliminación de cuentas.
En el artículo 175 bis, propuesto por el morenista, indica que las personas físicas y morales que se consideren redes sociales relevantes requerirán autorización del instituto para prestar el servicio, por lo que será el órgano el que establezca los requisitos por medio de lineamientos de carácter general.
El proyecto es una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en la que plantea reformar tres artículos y agregar dos capítulos, uno con siete artículos y otro con uno solo que incluye sanciones.
Monreal difundió su propuesta de iniciativa para que ciudadanos, académicos, expertos y usuarios de las redes sociales opinen y la enriquezcan antes de que la presente en el Senado en tres semanas.
El también presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) afirmó que el Senado no pretende ser autoritario e incidir discrecionalmente en las decisiones internas de los propietarios de redes sociales respecto a todos los criterios que establece en sus términos y condiciones del servicio, especialmente los aspectos comerciales, pero tampoco debe permanecer indiferente ante las posibles vulneraciones a la libertad de expresión.
En el artículo tercero se incluye la definición del servicio de redes sociales como el servicio ofrecido a través de Internet cuya funcionalidad principal es difundir dentro de la plataforma información generada por sus propios usuarios como texto, datos, voz, imágenes, videos, música, sonidos o combinación de las anteriores con la finalidad de informar, entretener o educar.
Establece también la definición de redes sociales relevantes como aquellas que cuentan con un millón o más de suscriptores, por lo cual son capaces de generar un impacto mayor en procesos de comunicación social y en la esfera jurídica de los ciudadanos.
En el capítulo de multas, propuso sanciones que van desde una mínima hasta 89 millones 620 mil pesos a las redes que cancelen cuentas y eliminen contenidos de usuarios.
Propietarios vs usuarios
En el texto se incluye a la revelación de datos personales como elemento que puede acreditar la procedencia de limitación a la libertad de expresión por parte de los usuarios. Habrá un procedimiento abreviado por el cual el IFT atenderá las quejas presentadas por quienes utilizan el servicio en caso de que no obtengan una resolución por parte de la red social o bien no les sea favorable.
En primera instancia, los propietarios de redes sociales junto con sus usuarios resuelvan lo relacionado con la suspensión o cancelación de cuentas o eliminación de contenidos.
Las partes deberán llegar a una conciliación en un plazo no mayor a 24 horas y en caso de que el usuario no resuelva la reclamación, podrá acudir al instituto a efecto de interponer la queja correspondiente. En contra de la resolución que emita procederá el juicio de amparo a efecto de respetar el acceso de los usuarios a la justicia.