La ausencia temporal del presidente Andrés Manuel López Obrador por su contagio de Covid-19 debe ser un punto de partida para discutir nuevamente qué hacer en caso de que el jefe del Ejecutivo falte, pues en la actualidad las leyes sobre el tema restringen mucho las opciones para sustituirlo, advirtió Luis Manuel Pérez de Acha, experto en derecho administrativo.
El ex integrante del Consejo de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción señaló que el ver este tema como un tabú ha impedido que se haga un análisis profundo al respecto, el cual es indispensable retomar en el contexto de la actual pandemia.
Pérez de Acha recordó que, según la Constitución, si llega a faltar el Presidente en los primeros dos años de su mandato, se nombra como mandatario provisional a la persona que ocupa la Secretaría de Gobernación, con facultades legales muy limitadas, mientras el Congreso convoca a elecciones generales para designar a quien ocupará el cargo por el tiempo que le resta a su sexenio.
Sin embargo, si la falta del Presidente ocurre durante los últimos cuatro años de su mandato, ya no hay elecciones, sino que el Congreso nombra a un mandatario sustituto, en una sesión conjunta de ambas Cámaras, donde la persona elegida debe reunir 50 por ciento de los votos más uno, “lo cual abre un gran vacío o un conflicto político”, pues prácticamente ningún partido tendría la mayoría suficiente para alcanzar los sufragios necesarios por sí mismo.
Ante ello, el especialista llamó a retomar una propuesta que se formuló en 2012, que permitiría designar una línea de sucesión en donde estarían los secretarios de Gobernación, Hacienda y Relaciones Exteriores, pues en la actualidad no puede ser presidente interino ningún secretario, subsecretario ni gobernador, lo cual deja opciones muy limitadas para un cargo tan importante.