El programa Mochila Segura es inconstitucional, al no contar con sustento legal que limite sus alcances y señale a las autoridades responsables de sus acciones, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al otorgar un amparo promovido por una asociación civil.
Se trata del juicio interpuesto por la organización Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia, la cual argumentó que el programa es contrario a los derechos a la educación, privacidad, no discriminación y presunción de inocencia de los menores de edad.
Con el oto en contra de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, la primera sala de la SCJN aprobó el proyecto del ministro Mario Pardo Rebolledo, donde se señala que Mochila Segura es contrario a los principios constitucionales.
“La ausencia de sustento legal y regulación específica desarrollada en un contexto de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes implica la omisión de las autoridades señaladas como responsables de asegurar, entre otros, los derechos a la privacidad e intimidad de los educandos, ya que la intervención y modulación de dichos derechos y sus garantías sólo podrá ocurrir a partir de una ley, cuya ausencia en el caso, vulnera el derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica”, señala la sentencia aprobada.
Por tratarse de un amparo, esta decisión de la SCJN sólo beneficia a los tres menores en cuyo nombre se promovió el juicio, pero, sienta precedente para futuras impugnaciones. Esto “no impide las intervenciones o revisiones en las escuelas cuando se ha cometido un delito o está por cometerse, pues coloca a la comunidad escolar en riesgo inminente”, señala el fallo.