La diferencia central entre los derechos y los pactos es que los primeros se exigen sin importar la voluntad de las partes involucradas, mientras que los segundos dependen del deseo de otorgar. La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) sobre el teletrabajo dejó para lo segundo el pago de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo (art. 330-F, F II, LFT); dejándole al trabajador la obligación de informar el monto del pago.
Si los legisladores señalan como obligación del patrón asumir el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad (art. 330-E, F III, LFT), la interpretación conjunta de los artículos sólo puede establecer que tal obligación de pago es previo pacto.
Si los trabajadores privados apenas tienen oportunidad de “pactar” las condiciones laborales, los burócratas menos. Trabajar en la administración pública es un contrato de adhesión: en muchas entidades públicas ni siquiera se firma contrato, sólo se da un nombramiento al nuevo burócrata.
La actual administración federal y sus replicantes administraciones estatales y municipales buscan reducir pagos al interior de la burocracia. Las consecuencias en el Metro de la CDMX es apenas una. Si los burócratas ganan menos y su patrón público no les paga la instalación de una nueva línea de internet y el esperable aumento del servicio de electricidad, los de por sí mermados servicios públicos serán más lentos. Si un servicio presencial podía tardar días, con un internet de mala calidad (compartido con los hijos en clases virtuales y/o un cónyuge en teletrabajo, por ejemplo) logrará que tarde más. En algunos servicios públicos telefónicos ni siquiera es viable obtener una respuesta.
Tanto por la calidad del servicio público, como para evidenciar que la reforma a la LFT no fue una simple maniobra electoral para aparentar un buen desempeño (técnica legislativa aparte) de los legisladores que buscan reelegirse en el cargo a pesar de productos legislativos como éste, donde sólo benefician a los patrones, precarizando el ingreso del trabajador, los tres niveles de gobierno deberían ya estar pagando tales gastos derivados del teletrabajo. Se reducen los salarios y se aumentan los gastos del empleado público; otro incentivo para la “fuga de cerebros”. Dos maneras de obtener el voto patronal, también. De la entrega de “equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras” (art. 330-E, F I, LFT) a todos los trabajadores, ni hablamos.