La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió enviar al Pleno de ministros el expediente sobre el amparo que impugna las restricciones establecidas en el Código Civil de Tabasco, para que extranjeros no puedan acceder a los servicios de maternidad subrogada, ni las empresas privadas puedan actuar como mediadoras en estos procesos.
En decisión unánime, los ministros de la Primera Sala aprobaron la medida, a la que suelen recurrir cuando no llegan a un consenso sobre el proyecto de sentencia, o bien consideran que el tema es de tal relevancia que es preciso que sobre él se pronuncien los once integrantes del Pleno de la SCJN.
El proyecto de sentencia de este asunto, presentado por el ministro Mario Pardo Rebolledo, proponía otorgar el amparo, con base en el artículo 1º de la Constitución, que prohíbe la discriminación, lo que permitiría a los extranjeros tener el mismo acceso que a los mexicanos para recurrir a la maternidad subrogada en Tabasco.
También se proponía amparar para que empresas privadas pudieran actuar como mediadores en la los contratos que, según la ley de Tabasco, se debe pagar entre los padres y la madre biológica, para iniciar un proceso de maternidad subrogada.
Al turnarse este asunto al Pleno, su análisis podría encomendarse a otro ministro, quien podrá presentar un nuevo proyecto con base en su propio punto de vista.