El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que había reasignado los promocionales de los partidos en horarios de mayor audiencia, al considerar que esa medida “va en perjuicio de los derechos y garantías de los concesionarios de radio y televisión”.
En su sesión pública de ayer, los magistrados recordaron que, tras la renuncia del Ejecutivo a los tiempos fiscales, el INE ajustó las pautas y distribuyó los mensajes de los partidos en los tres segmentos, pero luego cambió de opinión, lo cual violó los principios de legalidad y certeza jurídica, al imponer la obligación de transmitir los mensajes de forma arbitraria.
Al analizar un recurso interpuesto por los concesionarios, los magistrados aceptaron las objeciones de estas empresas, así como de la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión, de que al asignar promocionales en tiempos de mayor audiencia perjudica la comercialización de esos espacios.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña señaló que si bien aparentemente sólo hubo variación del número de mensajes entre las franjas horarias para generar supuestas condiciones de equidad, la decisión del INE podría aumentar la carga tributaria de los concesionarios.
El presidente del tribunal, José Luis Vargas Valdez, señaló que al aprobar la pauta, la Comisión de Radio y Televisión del INE buscó regular el modelo de comunicación política, pero podría convertirse en una atribución de carácter discrecional con implicaciones en los derechos de terceros y en las empresas de radio y televisión.
En esta sesión, el tribunal también revocó la sentencia que había aplicado la sala regional especializada contra el dirigente de Morena, Mario Delgado, por actos anticipados de campaña.
El 23 de diciembre pasado, la sala regional declaró existente la infracción cometida por Delgado y ordenó dar vista a la contraloría interna de la Cámara de Diputados para que lo sancionara, e impuso una multa de 43 mil 400 pesos a Morena, que a su vez impugnó el fallo.