Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, que negó el amparo promovido por comunidades indígenas de Puebla en contra de la Ley Minera.
Los pueblos originarios demandaban la inconstitucionalidad de dicha norma, argumentando que en su texto no incluye ninguna previsión que garantice el derecho de consulta previa para los pueblos indígenas afectados por la autorización de concesiones de explotación minera que afecten sus territorios.
Sin debate alguno, los ministros de la sala coincidieron en que la obligación de realizar una consulta indígena para estos temas se encuentra garantizada desde la Constitución y por ello no es necesario que se inscribiera también en la Ley Minera.
“La Ley Minera no se relaciona directa y estrechamente con sus derechos y prerrogativas, ni siquiera con el aspecto de autodeterminación, sino con aspectos propios de esa materia”, según se señala en la sentencia aprobada.
El fallo de la SCJN incluye sin embargo la decisión de que este asunto se regresará al tribunal colegiado de origen para que analice, como un tema de legalidad, y no de constitucionalidad, la procedencia de otorgar el amparo a las comunidades indígenas para que se efectúe la consulta que demandan.