La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las reformas a la constitución del estado de Nuevo León que establecen los procesos para nombrar al secretario de Finanzas, el tesorero y al titular del órgano interno de control, en caso de su ausencia por más de 15 días.
Estas reformas habían sido impugnadas por el gobernador Jaime Rodríguez Calderón, quien acusó que el poder legislativo estaba invadiendo facultades exclusivas del ejecutivo local.
Sin embargo, por unanimidad, el Pleno de ministros señaló que no había tal invasión de competencias, pues el congreso sólo preveía los mecanismos para suplir la falta de los funcionarios encargados de estas áreas estratégicas para el funcionamiento del gobierno local, además de que no se excluyó al ejecutivo en estos procedimientos.
La SCJN también aprobó invalidar la disposición contenida en el segundo párrafo de la fracción XXIV del artículo 85 de la constitución estatal, que establecía que serían inexistentes todos los actos emanados de los funcionarios suplentes que no hayan sido nombrados conforme al procedimiento establecido.