Ciudad de México. El Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México, otorgó una suspensión de plano a una paciente, que ordena aplicarle la vacuna contra el coronavirus. Sin embargo, el fallo del juez Martín Adolfo Santos Pérez, señala que los efectos de la medida son para que el director del Centro de Atención Temporal Covid-19, anexo al Hospital General de Zona 24 del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Ciudad de México, valore el estado de salud de la promovente y, “bajo su más estricta consideración”, le suministre el biológico en el momento que considere oportuno, priorizando en todo momento la integridad física de la paciente.
“Es importante destacar que para la emisión del programa de vacunación en comento, para aspectos técnicos, la autoridad se deberá apoyar en las recomendaciones de los grupos asesores tanto a nivel global y regional como nacional que se refieren en el documento internacional antes precisado, debiendo precisar cual o cuales grupos asesores fueron tomados en consideración para tal fin”.
En su demanda, la mujer de nombre Eva Flores Medina solicito la suspensión del acto reclamado para que se permita el ingreso de un médico particular y su asistente a dicho centro donde se encuentra internada para que le apliquen la vacuna, ya que manifestó que padece la enfermedad Covid-19, por ello se encuentra internada en ese hospital.
Al respecto, el impartidor de justicia consideró que la autoridad (de salud) es la responsable de velar por la integridad física de la paciente; en consecuencia, por lo que no le puede conceder la suspensión de plano para los efectos solicitados en el escrito inicial de demanda, sin embargo, se la otorgó para no dejar “en estado de indefensión” a la quejosa.
El juez Santos Pérez advirtió a las autoridades que la violación a la suspensión decretada “entraña la comisión de un delito equiparable al abuso de autoridad, en términos de lo preceptuado en el artículo 262, fracciones III y V, de la legislación de la materia, por lo que, si se consuma el acto reclamado, se dará vista al agente del Ministerio Público Federal para los efectos legales conducentes”.
Recordó que la pandemia del Covid-19 fue declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020 que afecta a más de 200 países, y con más de 60 millones de casos hasta diciembre del año pasado. “Debe considerarse a la vacuna contra esta enfermedad como una de las medidas más costo-efectivas para controlar la pandemia, y disminuir su impacto en la salud, la economía y la sociedad.
“Entre los principales desafíos que se anticipan para la vacunación contra la enfermedad Covid-19, se encuentran el acceso oportuno, equitativo y suficiente a las vacunas; aspectos técnicos y logísticos, tales como el desarrollo de vacunas con nuevas tecnologías; la definición de grupos prioritarios para la vacunación; el número de dosis a administrar para lograr una protección adecuada, así como la seguridad y la efectividad de las vacunas. Adicionalmente, pueden presentarse retos programáticos relacionados con las necesidades de la cadena de frío; y la creación de la demanda para la vacunación entre otros”.