Con el propósito de garantizar una representatividad real de los pueblos y comunidades indígenas, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que amplió de 13 a 21 los distritos electorales federales donde los partidos deben registrar fórmulas de candidatos de pueblos originarios a diputados federales en la siguiente legislatura.
Asimismo, por mayoría de votos ordenó al Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur definir acciones para la inclusión de indígenas, afromexicanos, personas con discapacidad o jóvenes como candidatos al proceso electoral local.
En su sesión virtual de ayer, los magistrados instruyeron al Consejo General del INE hacer extensivas este tipo de medidas a grupos sociales que tradicionalmente han sido colocados en desventaja política y están subrepresentados en los cargos de elección popular.
Entre éstas se encuentran “personas con discapacidad y todas aquellas comunidades o grupos que usualmente están en situación de vulnerabilidad y por virtud de ello no cuentan con representación legislativa, como la comunidad LGBTI o personas afrodescendientes”, definió la magistrada Mónica Soto Fregoso, al fundamentar su proyecto respaldado por unanimidad de votos.
Informó que el acuerdo también da vista al Congreso de la Unión para que legisle en garantizar la debida representación política de todos los grupos en desventaja, porque, señaló, “las medidas avaladas en la sesión de ayer son temporales y el Poder Legislativo tiene como facultad hacer que sean realidad en una democracia inclusiva e incluyente”.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña sostuvo que en la democracia deben caber todas las personas y todos los mexicanos deben ser representados, “pero las mayorías ejercen sus derechos de forma abrumadora, como si no existieran las minorías”.
Ponderó la decisión del INE, “digna de reconocerse, de buscar mejor representatividad de mujeres e indígenas, mandato que, sin duda, debe ser legislado”.
El 18 de noviembre, el Consejo General del INE aprobó ampliar de 13 a 21 el número de candidaturas indígenas por el principio de mayoría relativa y también que las listas de representación proporcional incluyan nueve postulaciones del mismo tipo. Los partidos políticos impugnaron la decisión de los consejeros electorales, con el argumento de que se extralimitaron en sus funciones.
Ayer el tribunal desechó la queja e instruyó al Consejo General del instituto que defina específicamente los distritos electorales que deberán asignarse a fórmulas de candidatos indígenas.
Soto Fregoso refirió que actualmente sólo 13 legisladores federales son indígenas –esto es 2.6 por ciento de los 500 diputados– y que de ese número, 10 son hombres y tres mujeres.
La sala superior desechó, en contraste, un recurso ciudadano que pedía que los partidos designen al menos 10 por ciento de candidatos a diputados federales a personas de la comunidad LGBTI.