Aun cuando México es el país con mayor cantidad de hablantes de español, éste no es el idioma oficial, porque no existe un fundamento que lo considere como tal en la Constitución.
A principios de diciembre, la Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional para considerar al español y las lenguas indígenas como idiomas nacionales. No obstante, para que ello sea efectivo, se requiere agregar al artículo 4º de la Constitución que “la lengua española es el idioma oficial de México”, planteó en una iniciativa el diputado Manuel Huerta Martínez (PT).
La falta de una definición específica del idioma en el país “tiene como resultado que México carece de una lengua oficial”, incluso después de que datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2018, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, señalan que en el país 93.4 por ciento del total de la población habla español, esto es, poco más de 118 millones.
Asimismo, en la iniciativa se detalla que el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas cataloga la diversidad lingüística de los pueblos indígenas en México con tres categorías: 11 familias lingüísticas, 68 lenguas nativas y 364 variantes lingüísticas, de las cuales alrededor de la mitad están en proceso de desaparecer.
El legislador indicó que la omisión de una lengua oficial tiene su origen desde la primera Constitución y subsiste, y que en contraste con la mayoría de los Estados constitucionales contemporáneos la Carta Magna mexicana no define cuál es la lengua oficial del Estado.
Resaltó que a pesar de que el Congreso adicionó al artículo 2º constitucional que el español y las lenguas indígenas son lenguas nacionales, la falta de una definición constitucional de lengua oficial impide que el gobierno federal, los estados y municipios se vean obligados a adoptar medidas de protección y promoción de las lenguas indígenas.
Huerta Martínez refirió que la reforma constitucional de 2001 en materia de derechos indígenas omitió el cumplimiento de la responsabilidad del Estado de preservar las lenguas, las privó de su carácter nacional y suprimió la definición prevista en la propia Constitución, respecto de que “la nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas...”.
El legislador señaló que, en esos términos, resultaba clara la obligación del Estado en cuanto a proteger y promover las lenguas vernáculas y, al eliminarlo, lo convirtió en una atribución de las comunidades indígenas, situación que sólo se puede resolver con una nueva enmienda que defina la naturaleza nacional de las lenguas y adopte la lengua oficial el Estado mexicano.