Ciudad de México. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) detectó que las aerolíneas en México evadieron el pago de más de 750 millones de pesos en menos de dos años que ha estado vigente el Decreto de estímulos fiscales en la zona franca de la frontera norte.
La dependencia publicó una serie de modificaciones al programa que parte de una tasa del impuesto al valor agregado (IVA) de 8 por ciento, la mitad que en el resto del país, y un impuesto sobre la renta (ISR) de 20 por ciento, por debajo del 30 por ciento general.
Hacienda informó que según establece el decreto, los contribuyentes que pidan la reducción de IVA deberán realizar la prestación de los servicios en la región fronteriza norte; sin embargo, se detectó que “algunas aerolíneas aplicaron el referido estímulo fiscal en itinerarios que iniciaron dentro de la región fronteriza norte, pero que concluían fuera de ella, lo que originó que dejaran de trasladar un monto superior a 750 millones de pesos”.
Detalló que esto es contrario al programa de estímulos, dado que las actividades sujetas a una reducción fiscal deberá iniciar y concluir en la región fronteriza norte y no haber escalas fuera de dicha zona, “a efecto de que en ésta se detone la creación de valor agregado, generando nuevas fuentes de trabajo e industrias derivadas de la oferta y la demanda de nuevos bienes y de servicios, que es el objetivo del Decreto”.
En la publicación del Diario Oficial de la Federación, Hacienda advirtió que se continúa con la identificación de sujetos y sectores que han aplicado indebidamente el estímulo, a efecto de evitar que se repitan estas prácticas de burlar al fisco.
El uso que han dado las aerolíneas y otros grandes contribuyentes al decreto que ya no terminará este 2020, como se contempló en su diseño, sino hasta 2020, implicó una serie de modificaciones.
La SHCP recalcó que quienes pretendan beneficiarse del programa que cuenten con una antigüedad en su domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento, dentro de la región fronteriza norte, de por lo menos dieciocho meses inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud de inscripción en el "Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte".
En ISR se dará inscripción al Padrón siempre y cuando los contribuyentes cuenten con la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en la frontera norte; deberán acreditar que para su actividad utilizan bienes nuevos de activo fijo; y sus ingresos totales provengan en 90 por ciento de lo realizado en la economía de la región.
Se negará también el estímulo a quienes se les hayan ejercido facultades de comprobación en los cinco ejercicios fiscales anteriores y se les haya determinado contribuciones omitidas, sin que hayan corregido su situación fiscal, así como aquellos que se encuentren en ejercicio de liquidación.