Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 77/2020 al director del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Luis Antonio Ramírez Pineda, por el caso de una mujer que falleció en un hospital de dicho organismo luego de haber recibido atención médica tardía, en la cual además se omitió un tratamiento multidisciplinario para el cáncer que padecía.
En un comunicado, la CNDH explicó que el 6 de noviembre de 2017, la víctima acudió a recibir atención médica en el Hospital Regional “1° de Octubre”, de la Ciudad de México, donde se establecieron diversos diagnósticos entre los que destacaban cáncer de ovario y diabetes mellitus tipo 2.
Sin embargo, a pesar de haber solicitado desde el 7 de noviembre de ese año la valoración por parte del Servicio de Oncología para que se estableciera un tratamiento acorde a su padecimiento, éste se llevó a cabo hasta el 5 de diciembre de 2017, fecha en la que la salud de la víctima se encontraba deteriorada.
Además de lo anterior,la paciente comenzó a presentar síntomas de neumonía nosocomial, sin que ésta fuera atendida por los médicos tratantes, lo cual provocó que la infección siguiera su cursoy, eventualmente,provocara la muerte de la mujer.
Al estudiar el caso, el organismo público logró reunir elementos que “evidenciaron la inadecuada atención médica que recibió la víctima, quien presentaba diferentes padecimientos, lo que contribuyó al deterioro de su estado de salud y su posterior muerte. De igual forma, se acreditó violación al acceso a la información en materia de salud, ante la inadecuada integración del expediente”.
Asimismo, se advirtió que el personal médico del ISSSTE “omitió considerar un manejo multidisciplinario para su atención inmediata e incurrió en la falta de un tratamiento médico adecuado y oportuno para sus padecimientos de cáncer y neumonía nosocomial, a pesar de contar con estudios de laboratorio que evidenciaban el proceso infeccioso que la víctima presentaba”.
Por todo lo anterior, la CNDH solicitó al Director General del ISSSTE coordinarse con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para que se otorgue a las víctimas indirectas el apoyo psicológico y tanatológico necesarios, además de que este último organismo deberá realizar el cálculo de la indemnización que el ISSSTE deberá pagar como reparación integral del daño a los familiares.
De igual forma, se pide que la institución de salud colabore en la integración de la carpeta de investigación que se inicie por la denuncia que la CNDH realice contra quienes resulten responsables por la negligente atención médica de la víctima.
La Recomendación también insta a coadyuvar en la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control del ISSSTE en contra de las personas servidoras públicas que intervinieron en los hechos materia de la queja, así como anexar copia de la presente Recomendación en los expedientes laborales de las personas servidoras públicas involucradas y designar a un servidor público para dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación.
Por otro lado, el ISSSTE deberá diseñar un curso integral dirigido al personal médico del servicio de Oncología Médica, Medicina Interna y Nefrología del Hospital Regional “1° de Octubre”, sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, y emitir una circular dirigida al personal médico en la que se exhorte a someterse al proceso de certificación y recertificación ante los Consejos de Especialidades Médicas para brindar un servicio médico adecuado y profesional, a fin de prevenir hechos similares.