El castigo por abortar, que aún existe en el Código Penal de Veracruz, será nuevamente abordado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que en julio pasado la primera sala desechó un recurso por razones técnicas.
Se trata del amparo en revisión 636/2019 interpuesto por las organizaciones Justicia, Derechos Humanos y Género, Colectivo Akelarre y Colectivo Feminista de Xalapa, todas integrantes del Observatorio Nacional del Feminicidio.
El acuerdo de admisión de la SCJN señala que los temas del litigio son los “artículos 149, 150 y 154 del Código Penal de Veracruz (aborto como delito), determinar el derecho humano a la protección de la dignidad de la mujer, a la no discriminación, a la libertad sexual y reproductiva y a la salud”,
Esos artículos definen la interrupción voluntaria del embarazo, en cualquiera de sus etapas, como un delito, e incluso limitan las hipótesis no penales para abortos terapéuticos.