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Opinión

2020-12-11 06:00

Ernestina Ascencio: rectificación histórica

Periódico La Jornada
viernes 11 de diciembre de 2020 , p. 2

En el contexto del Día Internacional de los Derechos Humanos, el subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas Rodríguez, calificó de inaceptable la versión según la cual Ernestina Ascencio Rosario falleció por una “gastritis crónica”, por lo que se reabrirá el caso “hasta agotar todas las líneas de investigación”.

El viernes pasado causó indignación en sectores de la sociedad la comparecencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del fiscal coordinador especializado de Veracruz, Hernán Cortés Hernández, quien presentó la interpretación oficial de los hechos elaborada durante los dos sexenios anteriores. Al respecto, Encinas precisó que el funcionario se limitó a informar a la instancia multilateral lo contenido en el expediente del caso, pero que ello “no representa la posición del Estado mexicano, las políticas en materia de protección y garantía de los derechos humanos, ni las instrucciones que el Presidente de la República nos ha dado para atender estos asuntos”.

El reclamo de justicia para Ernestina Ascencio se remonta al 25 de febrero de 2007, cuando familiares de la indígena nahua, de 73 años, la encontraron gravemente herida a 300 metros de un campamento militar instalado unos días antes en la zona donde vivía, en la sierra de Zongolica. La señora indicó a sus parientes que fue atacada por soldados, y tanto el personal del hospital a donde la trasladaron como una ginecóloga de la Procuraduría de la entidad determinaron que sufrió “lesiones correlativas con violación vaginal y anal”, además de la introducción “vía anal de un objeto punzocortante que le destrozó el riñón, el hígado y el intestino”. El 27 de febrero murió a causa de esas heridas.

Sin embargo, el 7 de marzo de ese año, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), entonces a cargo de José Luis Soberanes, solicitó la exhumación del cuerpo de Ascencio para practicar una nueva necropsia, según la cual la muerte sobrevino por “una anemia aguda por sangrado de tubo digestivo secundario”. A partir de esa resolución se determinó que no había delitos que perseguir y se dio respaldo presuntamente científico a la imborrable frase del ex presidente Felipe Calderón según la cual Ernestina perdió la vida a resultas de una “gastritis crónica”. En 2011, último año del calderonato, y ya con Raúl Plascencia Villanueva como titular, la CNDH dio un paso más en la denegación de justicia al estimar satisfecha la recomendación por “acciones u omisiones en las investigaciones ministeriales”.

Ante el “carpetazo” de las autoridades y de la instancia que debía velar por el respeto a los derechos humanos, una asociación civil intentó acceder a los archivos de los peritajes, pero éstos le fueron negados incluso por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo cual en 2012 inició un litigio contra el Estado mexicano ante la CIDH. El caso fue admitido a trámite un año después, y en 2017 se dio curso a su examen.

Aunque dista de ser el único, el agravio contra Ernestina Ascencio Rosario es representativo de la impunidad, los atropellos a los derechos humanos y el generalizado clima de terror que se abatieron sobre el país durante el gobierno de Calderón Hinojosa. Como expresan la “gastritis” de Ascencio, la caracterización de las víctimas de la masacre de Villas de Salvárcar como integrantes de pandillas o la no menos atroz noción de que la sociedad no debía preocuparse por las muertes violentas, ya que los criminales “se matan entre ellos”, ese periodo se signó por el dolo manifiesto no contra la criminalidad, sino hacia el conjunto de la población.

Es sin duda positivo que el gobierno revise todos aquellos casos en los que sea posible esperar una rectificación y procuración de justicia. Resulta evidente que por el tiempo transcurrido –en el cual han prescrito delitos y se han destruido evidencias– sería imposible hacer justicia en todos los episodios de violaciones a los derechos humanos, pero es obligado asegurar el establecimiento de responsabilidades en lo ocurrido a Ernestina Ascencio, a Javier Arredondo y Jorge Mercado, los estudiantes de Villas de Salvárcar, los niños de la guardería ABC, los normalistas desaparecidos en Iguala y los asesinados en las masacres de Tanhuato y Tlatlaya, entre otros casos emblemáticos de crueldad de Estado.

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