La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT) habilitó un portal donde se podrá consultar el inventario de inmuebles catalogados por su valor patrimonial, histórico o artístico, así como su ubicación y características, para evitar que se hagan intervenciones sin los permisos correspondientes.
La titular de organismo, Mariana Boy Tamborrell, detalló que se han aplicado 22 suspensiones de actividades en inmuebles con estas características, de las cuales sólo 18 siguen vigentes, pues en dos casos comprobaron que las adecuaciones se hacían conforme a la normativa, mientras otros dos se ampararon para continuar con los trabajos.
La plataforma de libre acceso se encuentra alojada en el portal http://www.paot.org.mx/ patrimoniocultural/index.php, donde se puede consultar un mapa interactivo con la ubicación de 15 mil 981 inmuebles catalogados, con el nivel de protección asignados por los institutos Nacional de Bellas Artes y Literatura, Nacional de Antropología e Historia y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
También se encuentran los trámites y requerimientos que deben atender los particulares antes de su intervención.
“Para la PAOT es muy importante difundir esta información entre la ciudadanía para que nos ayude a identificar los inmuebles que están siendo intervenidos; su denuncia es fundamental para deterner el deterioro de nuestro patrimonio. Sin embargo, el sitio también permitirá a los propietarios de inmuebles catalogados tener conocimiento de las disposiciones legales que protegen su propiedad, con la finalidad de que cualquier intervención que realicen se apegue a lo permitido por las autoridades competentes”, refirió.
De acuerdo con el registro, en la ciudad hay 3 mil 430 inmuebles con valor patrimonial y cultural, 5 mil 738 con valor artístico, mil 226 con valor histórico, así como 5 mil 587 por al menos dos autoridades.
Por otra parte, el Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas a la Ley Orgánica de la PAOT para dar carácter vinculante a los dictámenes técnicos y periciales de daños ambientales que emita, así como de restauración o compensación de afectaciones derivadas de violaciones e incumplimientos de las normas en la materia.