Ciudad de México. La Cámara de Diputados adicionó el Código Penal Federal con objeto de introducir en ese ordenamiento varias figuras que contribuyan a sancionar los actos de discriminación de orden racial. La adición también alcanza a los servidores públicos (funcionarios de todos los niveles) quienes tendrán prohibido utilizar las instituciones para promover ideas discriminatorias y de odio.
La decisión de la mayoría de diputadas y diputados se fundó en el artículo séptimo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 1948, que ubica a todas la personas como iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de esa ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta declaración, y contra toda provocación a tal discriminación, enuncia aquel ordenamiento.
Pilar Ortega (PAN), presidenta de la Comisión de Justicia en San Lázaro expuso también, ante el pleno cameral, que el artículo 19 del citado instrumento “señala que todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión. Este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, y también recibir informaciones y opiniones, difundirlas sin limitación de fronteras. Tal declaración, al igual que los principios, lineamientos, estándares y recomendaciones no tienen poder vinculante, pero sí fuerza moral y proporcionan guías prácticas para la conducta de los Estados”.
Los argumentos del dictamen consideran que los postulados de la Declaración Universal sí tienen un efecto vinculante para aquellos Estados que los ratificaron, pues no fue hasta 1966 que, por medio del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los Estados se comprometen a respetar y garantizar a todos los individuos que se encuentran en su territorio y están sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el pacto, y a garantizar que toda persona cuyos derechos o libertades hayan sido violados puedan interponer un recurso efectivo.
De tal forma, la suma de tipo penal para enfrentar los actos de odio y de racismo se adhiere a la reforma constitucional de junio de 2011 que reconoció una mayor jerarquía y relevancia a los tratados internacionales sobre derechos humanos. La Constitución Mexicana en su artículo primero señala que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar derechos y libertades de las personas.
Así la reforma al Código Penal se empata con la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, con objeto de rechazar la discriminación como promoverte del odio y la violencia a través de mensajes e imágenes en los medios de comunicación, así como incitar al odio, violencia, rechazo, burla, injuria, persecución y la exclusión.