Sábado 5 de diciembre de 2020. El presidente Andrés Manuel López Obrador enviará al Senado una iniciativa para reformar la Ley de Seguridad Nacional, con el fin de regular y transparentar la presencia de agentes de la Administración de Control de Drogas (DEA), así como de integrantes de otras agencias extranjeras que operen en México.
La iniciativa, que se espera en los próximos días, informó el coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal, responde a “un añejo reclamo” de mantener la actuación de las agencias de seguridad de Estados Unidos en el marco de la cooperación bilateral.
De hecho, luego de la detención en Estados Unidos del ex secretario de la Defensa Nacional (Sedena), Salvador Cienfuegos, con base en una supuesta investigación de la DEA que no fue notificada al gobierno mexicano y de su posterior liberación, por falta de evidencias, el presidente Andrés Manuel López Obrador declaró que se regularía la forma de actuar de esa agencia.
El eje central de esa reforma, según precisó el senador Monreal, es establecer la obligación de agentes del extranjero de poner en conocimiento de las autoridades mexicanas la información que se alleguen en el ejercicio de sus funciones, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Deberán presentar ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) un informe mensual sobre sus actividades, las que deberán circunscribirse a los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad, y que contribuyan a preservar la seguridad nacional.
Las embajadas y representaciones diplomáticas acreditadas en el país deberán también informar al gobierno mexicano, igualmente por conducto de la SRE, “los hechos de que tengan conocimiento”.
Igualmente, en la iniciativa presidencial se establece que los servidores públicos de los estados de la república, la Ciudad de México y los municipios del país que se reúnan o intercambien información, ya sea telefónica o directa con agentes de la DEA y de cualquier agencia extranjera, deberán informar de ellos a la SRE y la SSPC dentro de los tres días siguientes de ocurrida la comunicación.
La reforma a la Ley de Seguridad Nacional limita la actuación de los “agentes del extranjero” exclusivamente al desarrollo de las actividades de enlace para el intercambio de información con autoridades mexicanas, en términos de lo dispuesto en la acreditación que se hubiese expedido a su favor. Bajo esas normas es que podrán ser autorizados para internarse temporalmente en territorio nacional.
De entrada, la reforma define a los agentes del extranjero como funcionarios del exterior que en sus países de origen ejercen funciones policiales, de inspección o de supervisión de las leyes, y otras disposiciones de carácter técnico especializado o reglamentario.
Se precisa además que no tendrán ninguna inmunidad en caso de incurrir en delitos o infracciones o por violar las disposiciones normativas que prohíben a personas extranjeras el ejercicio de funciones reservadas a las autoridades mexicanas.
La iniciativa prevé formar un grupo de alto nivel de seguridad, como órgano auxiliar del Consejo de Seguridad Nacional, para la atención y gestión de los convenios, programas y temas estratégicos de cooperación bilateral; asimismo, un grupo de coordinación operativa, como órgano auxiliar del Consejo de Seguridad Nacional, encargado de coordinar y supervisar la ejecución de los convenios, programas, acciones o acuerdos de cooperación suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad. El senador Monreal precisó que en cuanto llegue la iniciativa comenzará su discusión.