La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas electorales del estado de Chiapas, publicadas apenas en junio pasado, debido a que estos cambios tenían impacto directo entre las comunidades indígenas, a las cuales no se les consultó.
Se trata de diversos cambios a las leyes Electoral de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Participación Ciudadana y de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal que, entre otras cosas, ampliaban las funciones y definían el método de elección de los integrantes de las Asambleas Generales Comunitarias (AGC), que con los órganos de representación indígena ante los ayuntamientos y congreso local.
Para no dejar en la indefinición jurídica al próximo proceso electoral local, se ordenó la reviviscencia de las normas que estaban vigentes hasta antes de los decretos invalidados ahora, con la indicación de que, a mas tardar en el 2022, se convoque a una consulta indígena sobre las reformas propuesta para las AGC.
En la sesión de este jueves, la SCJN ratificó su decisión de invalidar las reformas electorales del estado de Veracruz, promulgadas en junio y julio pasados, también por falta de consulta entre las comunidades indígenas.
Como en el caso de Chiapas, se ordenó que las próximas elecciones locales se efectúen con base en las leyes anteriores a las normas ahora invalidadas, y que se convoque a una consulta indígena que permita a este sector de la población dar su opinión libre e informada sobre los cambios legales afectarían sus métodos tradicionales para elegir a sus representantes.