La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se declaró improcedente la adopción de medidas cautelares contra la alcaldesa de Aguascalientes, Teresa Jiménez, por aparecer en una película que se transmite en Netflix.
El partido Movimiento Ciudadano había solicitado suspender la difusión del filme por considerar que la edil hizo uso indebido de recursos y cayo en promoción personalizada al ser parte de la película.
Los magistrados señalaron que la comisión de Quejas actuó de acuerdo con la normatividad electoral al negar la medida cautelar, hay que no había elementos suficientes para aplicarla.
En sesión privada determinaron que los agravios presentados por MC son infundados, ya que a difusión del fragmento del filme donde aparece la funcionaria, no afecta ningún derecho y no genera un daños irreparable al proceso electoral en curso.
No hay elementos que determinen que la denunciada incurrió en actos de promoción personalizada, debido a que durante su aparición en la escena no hizo uso de la voz y tampoco se hizo referencia al nombre y al cargo, añadieron los integrantes de la Sala Superior.
Además, consideraron que no hay argumentos de que la servidora pública tuviera la intención de posicionarse frente a otras personas en algún proceso interno de selección de candidaturas, durante su aparición. Así, se estima que la determinación del INE de no dictar una medida cautelar con relación a la presunta comisión de actos anticipados de precampaña se encuentra ajustada a Derecho, pues no hay elemento alguno que lo justifique.