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Magistrado del Cambio y Abogado del pueblo, entre alias

INE rechaza incluir apodos en boletas de candidatos a jueces por ser propaganda
 
Periódico La Jornada
Jueves 20 de febrero de 2025, p. 9

Por unanimidad, el consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE) negó la inclusión de sobrenombres en las boletas de la elección judicial, al exponer diversas razones jurídicas y técnicas, pero también porque algunos de los apodos funcionarían de propaganda.

En ese último supuesto se encuentran 13 de las 29 solicitudes, incluida la de Lenia Batres Guadarrama, quien busca ser ratificada en el cargo a través del voto popular y pidió al INE le fuera agregado el sobrenombre de Ministra del pueblo o Del pueblo.

De igual forma, por advertir enunciados de propaganda electoral, fueron declarados improcedentes los siguientes apelativos: El ángel de la justicia, El defensor popular, El juez Barrios, Magistrado del Cambio, El magistrado del pueblo, Abogado del pueblo, El juez Memo, Defensor del pueblo, Juzgador de la nación y El juez del pueblo, mientras el candidato Marco Antonio Rojo Olivarría (contendiente a juez de distrito del área administrativa) dio a elegir tres sobrenombres: El juez de AMLO, El juez de la 4T y El Juez del Pueblo. Otra persona pidió ser Jueza de la Verdad.

Los consejeros dijeron que si bien la ley permite que los sobrenombres aparezcan en boletas, para abonar a la plena identificación de las candidaturas ante el electorado, en esta ocasión las peticiones debieron hacerse ante los comités de evaluación de los poderes de la Unión, toda vez que el INE no tuvo responsabilidad en el registro de candidaturas y la tarea que le dio la reforma judicial se limita a organizar estos comicios extraordinarios.

Sin embargo, indicaron, se evaluaron las solicitudes y algunos pueden redundar en propaganda electoral, inequidad o ventaja indebida.

Tampoco procedieron otros que pedían minimizar los nombres de pila o colocar apodos genéricos, pues no hay margen de maniobra física en las boletas.

Nos enfrentamos a una problemática que deriva de la falta de previsión del Legislativo; además, el plazo de impresión inicia hoy, aunado a que el INE no es la encargada de la integración de los listados de candidaturas ni de su registro, señaló la consejera Dania Ravel.

La normatividad, añadió, no nos faculta a corregir, alterar, modificar, agregar o quitar a los listados que nos entregó el Senado... pero no está en manos del INE decidir que si el Senado no incluyó los sobrenombres en los listados entregados sea esta autoridad quien modifique la información recibida.

En un sentido similar se manifestaron otros consejeros, al tiempo de hacer énfasis en que operativamente tampoco es posible, porque colocar más caracteres implicaría una disminución de la fuente tipográfica, lo cual puede dificultar a la ciudadanía la lectura en la boleta y, por tanto, el ejercicio del voto, agregó Carla Humphrey.

Todas las determinaciones del INE pueden ser impugnadas ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.