La asociación aplaude confirmación de que los restaurantes deben estar libres de humo
Miércoles 12 de febrero de 2025, p. 12
Integrantes de la organización Salud Justa Mx celebraron la resolución emitida por el decimosexto tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito que confirma el sobreseimiento del amparo promovido por la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) en contra del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco en materia de ambientes libres de humo de tabaco.
Erick Antonio Ochoa, director de la organización, señaló que desde la entrada en vigor del reglamento, la Canirac ha intentado desinformar a sus afiliados y a la opinión pública, argumentando falsamente que los restaurantes quedarían exentos de cumplir con la normativa de espacios ciento por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; incluso ha dicho que la cuota de afiliación a la Cámara les daría autorización para poder habilitar sus terrazas
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Sin embargo, el fallo del tribunal, afirmó, es claro: la industria restaurantera carece de interés jurídico y legítimo para impugnar estas medidas, pues la salud pública debe prevalecer sobre cualquier beneficio comercial
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Al respecto, Claudia Moreno, abogada en Salud Justa Mx, explicó que esta decisión representa un triunfo para el derecho a la salud, al evitar que los intereses económicos de la industria restaurantera se impongan sobre la protección de la población y, de manera específica, sobre la salud de los trabajadores restauranteros
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Recordaron que la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá hoy la contradicción de criterios 250/2024, para que de forma definitiva se proteja el derecho a la salud de los empleados de restaurantes, casinos y bares.
Esperamos que este precedente judicial, donde se antepone el derecho a la salud por encima de intereses económicos, sirva a la segunda sala de la Suprema Corte, y no dejen que se sirva alimentos y bebidas en las zonas exclusivas para fumar
, afirmó Antonio Ochoa.